Atención
Con motivo de las nuevas Obligaciones de Transparencia establecidas en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se estarán realizando ajustes continuos al Portal de Transpatencia.
Disculpe las molestias que esto le ocasiona. Para cualquier duda o aclaración de esta situación estamos a sus ordenes en la Unidad de Transparencia.
Bienvenida
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La Unidad de Transparencia se encuentra a disposición de todos los ciudadanos en la calle Tacuba No. 4, Centro Histórico, CP 06010, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Distrito Federal, Teléfono 5130-5570 ext. 5573 o eligiendo en el directorio del conmutador "Unidad de Transparencia" (opción número 5) en los dÃas hábiles que determine la Dirección General de la EAPDF de 09:00 a 15:00 y a través del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
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"Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir información y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."
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El artÃculo 6° de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos establece la garantÃa especÃfica del derecho de acceso a la información pública que tiene en su poder el Estado; de igual manera, el artÃculo 8° del mismo ordenamiento legal consagra una garantÃa especÃfica de libertad, el derecho de petición como potestad jurÃdica para solicitar la intervención del poder público en un caso concreto.
Tanto el derecho de información como el derecho de petición son el sustento de gran parte de las relaciones jurÃdicas entre gobernantes y gobernados. Constituye el mecanismo por virtud del cual los particulares realizan toda clase de trámites frente a las autoridades y ponen en movimiento a los órganos del Estado, sean estos judiciales, administrativos e incluso, en algunos casos, legislativos.
Y como garantÃas individuales, se convierten en la consecuencia de una exigencia jurÃdica y social en un régimen de legalidad.
La rendición de cuentas es un término utilizado por toda la ciudadanÃa. Desde la primera acta Constitutiva de 1917 los ciudadanos mexicanos tienen derecho de pedir cuentas a sus gobernantes representativos, en todas las jerarquÃas existentes. Para esto, como ciudadanos, tenemos que estar enterados e informados sobre todo lo que hace el Estado.
La transparencia significa la eliminación de un sistema autoritario en el que la información pública es reserva del Estado. Una necesidad constante de la sociedad exige conocer los manejos financieros y económicos de sus gobernantes. Es un derecho permanente que sirve para combatir la corrupción, pues los actos "guardados" o "reservados" pudieran ocultar manejos impropios.
Finalmente, el concepto de transparencia es un sinónimo del concepto de rendición de cuentas, pues la transparencia es una caracterÃstica peculiar que abre los esquemas de organizaciones polÃticas y burocráticas al escrutinio público mediante sistemas de clasificación y difusión que reducen los costos del acceso a la información del gobierno. Un punto muy importante es que los gobernantes y funcionarios tienen la obligación de rendir cuentas a los ciudadanos. En un sistema de transparencia no existe un destinatario en especifico, sino una práctica de colocar la información en vitrina pública para que los ciudadanos interesados puedan revisarla, analizarla, y en su caso pedir más datos. Esto sienta las bases de otros mecanismos para sancionar en el caso de anomalÃas en la administración pública.
Rendición de cuentas es una traducción inexacta del término anglosajón accountability, que es la acepción original que significa "ser sujeto de obligación de reportar, explicar o justificar algo; ser responsable de algo ante alguien". Sin embargo, en español se carece de un término adecuado que exprese con nitidez esta aceptación anglosajona y, ante la ausencia de mejores opciones, se usa la expresión "rendición de cuentas".
La rendición de cuentas en palabras más simples, es la obligación que tiene todo funcionario público de informar hacia sus gobernados de los logros y problemas de su gestión. Este tema está muy vinculado con la transparencia, ya que publicita todo acto de gobierno y mide su eficacia.
La rendición de cuentas abarca de manera genérica tres maneras diferentes para corregir abusos de poder: 1. Obliga al poder a abrirse a la inspección pública. 2. Lo fuerza a explicar y justificar sus actos. 3. Lo supedita a la amenaza de sanciones.
En el contexto anterior, el ArtÃculo 3° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, señala que toda información generada, administrada o en posesión de los Entes Públicos se consideran un bien de dominio público, accesible a cualquier persona.
Asà pues, la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal se pone a sus órdenes en la Unidad de Transparencia para facilitar su acceso a nuestros acervos, que aún son pequeños.