Fracción VIII. Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;
Art_123_Fr_VIII_Disposiciones_Administrativas.xls
Fecha de Actualización: 15 de enero de 2019
Fecha de Validación: 31 de enero de 2019
Área Responsable: Subdirección Jurídica y Normativa, y Coordinación de Administración y Finanzas