Fracción I. Las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa;
No aplica.- De acuerdo al artículo 43 de la Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, son atribuciones de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, Elaborar y revisar en su caso los proyectos de iniciativas de leyes y decretos que el Jefe de Gobierno presente a la Asamblea Legislativa, con excepción de aquellas que se refieran a la materia fiscal.
Fecha de Actualización: 15 de enero de 2020
Fecha de Validación: 31 de enero de 2020
Área Responsable: Unidad de Transparencia